Presentan proyecto para tipificar como maltrato agravado el daño al no nacido

San Juan, Puerto Rico – La representante Lisie Burgos radicó el pasado 25 de marzo de 2026 un proyecto de ley para enmendar el Artículo 3.2 de la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, con el fin de reconocer como maltrato agravado los daños o lesiones causados al nasciturus durante actos de violencia doméstica contra una mujer embarazada.
La medida propone imponer una pena fija de 15 años de reclusión a quienes incurran en este delito. Además, establece que si las agresiones resultan en la muerte del no nacido, el responsable enfrentaría cargos equivalentes a asesinato en primer grado, conforme al Código Penal de Puerto Rico de 2012.
Según la exposición de motivos, la iniciativa busca reforzar la protección tanto de la mujer embarazada como del concebido, reconociendo su condición de persona natural bajo el Código Civil de Puerto Rico. Asimismo, se enmarca en esfuerzos legislativos previos como la “Ley Keishla Madlane”, aprobada tras el asesinato de Keishla Madlane Rodríguez en 2021.
La propuesta subraya la necesidad de atender de forma más severa la violencia contra poblaciones vulnerables, particularmente mujeres embarazadas y el no nacido, como parte de la política pública para erradicar la violencia doméstica en Puerto Rico.








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