Senador Ángel Toledo propone reducir la mayoría de edad de 21 a 18 años en Puerto Rico

El senador Ángel Toledo López presentó el Proyecto del Senado 1245, una medida que propone reducir la mayoría de edad en Puerto Rico de 21 a 18 años y realizar una amplia reforma legal para armonizar el ordenamiento jurídico con ese cambio.
La propuesta enmienda el Código Civil de Puerto Rico y varias leyes especiales para establecer que toda persona adquirirá plena capacidad civil al cumplir los 18 años, en lugar de los 21 años como dispone actualmente la ley.
Según la exposición de motivos, el proyecto busca corregir lo que considera una contradicción jurídica, ya que las personas de 18 años pueden votar, trabajar, responder penalmente como adultos y servir en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, pero continúan siendo consideradas menores de edad para múltiples asuntos civiles y contractuales.
La medida sostiene que Puerto Rico es una de las pocas jurisdicciones estadounidenses que todavía mantiene la mayoría de edad en 21 años. El proyecto destaca que 47 estados y el Distrito de Columbia reconocen la mayoría de edad a los 18 años.
Entre los principales cambios propuestos figura otorgar plena capacidad legal a los jóvenes de 18 años para realizar actos civiles, administrar bienes, contratar, emprender negocios y ejercer actividades comerciales sin las restricciones que actualmente aplican hasta los 21 años.
Leer Medida: https://sutra.oslpr.org/medidas/161173
La legislación también elimina requisitos de consentimiento parental para personas entre 18 y 20 años en diversos procesos civiles, incluyendo disposiciones relacionadas con el matrimonio. Asimismo, redefine como adultos a las personas mayores de 18 años para efectos de tutela y otras leyes especiales.
En materia comercial, la medida permitiría que las personas de 18 años ejerzan actividades comerciales con plena capacidad legal. También modifica disposiciones relacionadas con adopciones, testamentos, servicios para personas con impedimentos y la Carta de Derechos del Niño, reduciendo de 21 a 18 años el límite de edad aplicable en varios de esos estatutos.
No obstante, el proyecto incluye una cláusula transitoria para proteger derechos adquiridos por personas que actualmente tienen entre 18 y 20 años. Entre esas salvaguardas se dispone que quienes ya reciben pensiones alimentarias continuarán recibiéndolas hasta los 21 años o hasta que proceda su modificación conforme a la legislación vigente al momento de su concesión.
Además, la medida aclara que el cambio no afectará los procedimientos del Tribunal de Menores ni la jurisdicción del sistema de justicia juvenil.
De ser aprobado, el proyecto entraría en vigor 120 días después de su firma. A partir de entonces, toda persona que haya cumplido 18 años sería considerada mayor de edad para todos los fines legales civiles y administrativos en Puerto Rico.
Datos puntuales de la propuesta:
- Baja la mayoría de edad de 21 a 18 años.
- Concede plena capacidad civil a partir de los 18 años.
- Permite ejercer el comercio con capacidad legal desde los 18 años.
- Elimina disposiciones que requerían consentimiento de padres o tutores para ciertos actos civiles entre los 18 y 21 años.
- Mantiene las pensiones alimentarias existentes para jóvenes de 18 a 20 años hasta los 21 años bajo una cláusula transitoria.
- Mantiene intacta la jurisdicción del Tribunal de Menores.








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